Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N.º 31335, Ley de Perfeccionamiento de la Asociatividad de los Productores Agrarios en Cooperativas Agrarias

ARTÍCULO 2º.- FINANCIAMIENTO

La implementación de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo y el Reglamento se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.