Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N.º 1057, que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios

Séptima Disposición Complementaria Final: Impuesto a la renta.

Para efectos del Impuesto a la Renta, las contraprestaciones derivadas de los servicios prestados bajo el ámbito de aplicación del Decreto Legislativo N.º 1057 y el presente reglamento son rentas de cuarta categoría.

(Nota extraída del SPIJ. Disposición DECLARADO NULO con efecto retroactivo de conformidad con el Expediente N.º 4682-2011, recaído en el proceso de Acción Popular, (14.12.13.)

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.