Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N.º 1057, que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios
ARTÍCULO 15º.- ÓRGANO RESPONSABLE EN CADA ENTIDAD
El órgano encargado de los contratos administrativos de servicios es la Oficina de Recursos Humanos de cada entidad o la que haga sus veces.
Artículo modificado por el Artículo 1 del D. S. N.º 065-2011-PCM.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.