Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N.º 1057, que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios

ARTÍCULO 15º.- ÓRGANO RESPONSABLE EN CADA ENTIDAD

El órgano encargado de los contratos administrativos de servicios es la Oficina de Recursos Humanos de cada entidad o la que haga sus veces.

Artículo modificado por el Artículo 1 del D. S. N.º 065-2011-PCM.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.