Aprueban el Reglamento de la Carrera Administrativa
ARTÍCULO 133º.-
Todo aquel que conozca la comisión de un acto delictivo, en su centro de trabajo o en circunstancias relacionadas directamente con el ejercicio de la función pública, tiene la obligación de informar oportunamente a la autoridad superior competente.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.