Aprueban el Reglamento de la Carrera Administrativa

ARTÍCULO 100º.-

Los servidores de carrera gozan de estabilidad laboral dentro de la Administración Pública. Sólo pueden ser destituidos por causa prevista en la Ley y previo proceso administrativo disciplinario. Los traslados a otras entidades públicas y/o lugar geográfico diferente al de su residencia habitual deberán contar con el consentimiento expreso del servidor.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.