Reglamento de Aplazamiento y/o Fraccionamiento de la Deuda Tributaria por Tributos Internos
Única.- SOLICITUDES PRESENTADAS ANTES DE LA VIGENCIA DEL REGLAMENTO
Las solicitudes de aplazamiento y/o fraccionamiento presentadas y pendientes de resolución hasta el 14 de julio del 2015, se resuelven y regulan considerando las disposiciones del Reglamento de aplazamiento y/o fraccionamiento de la deuda tributaria aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 199-2004-SUNAT y normas modificatorias.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.