Decreto Legislativo que establece el Régimen de Aplazamiento y/o Fraccionamiento de las deudas tributarias administradas por la SUNAT

Tercera. Transparencia

La SUNAT publica en su Portal de Transparencia el número de sujetos acogidos al RAF sin identificarlos, así como el monto de la deuda acogida. Dicha publicación se realizará dentro de los sesenta (60) días hábiles siguientes a la fecha de vencimiento del plazo para efectuar el acogimiento al RAF.

Mediante decreto supremo se establecen las disposiciones necesarias para la aplicación de lo señalado en el párrafo anterior

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.