Nueva Ley Procesal del Trabajo
ARTÍCULO 11º.- REGLAS DE CONDUCTA EN LAS AUDIENCIAS
En las audiencias el juez cuida especialmente que se observen las siguientes reglas de conducta:
a) Respeto hacia el órgano jurisdiccional y hacia toda persona presente en la audiencia. Está prohibido agraviar, interrumpir mientras se hace uso de la palabra, usar teléfonos celulares u otros análogos sin autorización del juez, abandonar injustificadamente la sala de audiencia, así como cualquier expresión de aprobación o censura.
b) Colaboración en la labor de impartición de justicia. Merece sanción alegar hechos falsos, ofrecer medios probatorios inexistentes, obstruir la actuación de las pruebas, generar dilaciones que provoquen injustificadamente la suspensión de la audiencia, o desobedecer las órdenes dispuestas por el juez.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.