Aprueban Norma Técnica denominada “Normas complementarias para la aplicación y fiscalización del cumplimiento de la cuota de empleo para personas con discapacidad aplicable a los empleadores privados”
Tercera.- Emisión temporal de constancias
En tanto se implemente progresivamente el aplicativo informático señalado en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria, para efecto de cumplir con lo prescrito en el literal c) del numeral 10.1 del artículo 10 de la presente norma, el servicio de Bolsa de Trabajo remitirá a los empleadores solicitantes, la constancia correspondiente mediante comunicación documental o electrónica, la cual tiene valor probatorio en el procedimiento sancionador.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.