NIIF 9 Instrumentos Financieros · Componentes del riesgo

Párrafo B6.3.8

A fin de ser elegible para la designación como una partida cubierta, un componente de riesgo debe ser un componente identificable y separable de la partida financiera o no financiera, y los cambios en los flujos de efectivo o en el valor razonable de la partida atribuibles a cambios en ese componente de riesgo deben ser medibles con fiabilidad. [Enlace a los párrafos FC6.169 a FC6.191, Fundamentos de las Conclusiones sobre las razones para calificar los componentes del riesgo de elementos no financieros como partidas cubiertas]

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