NIIF 9 Instrumentos Financieros · Pasivos designados como a valor razonable con cambios en resultados

Párrafo B5.7.6

Para llevar a cabo esa determinación, una entidad debe evaluar si espera que los efectos de los cambios en el riesgo de crédito del pasivo se compensarán en el resultado del periodo con un cambio en el valor razonable de otro instrumento financiero medido al valor razonable con cambios en resultados. Esta expectativa debe basarse en una relación económica entre las características del pasivo y las características del otro instrumento financiero.

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.