NIIF 9 Instrumentos Financieros · Calendario de reconocimiento de las pérdidas crediticias esperadas durante el tiempo de vida del activo

Párrafo B5.5.12

Una entidad puede aplicar varios enfoques para evaluar si el riesgo crediticio en un instrumento financiero ha disminuido significativamente desde el reconocimiento inicial [Referencia: párrafos FC5.156 a FC5.157, FC5.161 y FC5.168, Fundamentos de las Conclusiones y ejemplos 6 y 7, Ejemplos Ilustrativos] o para medir las pérdidas crediticias esperadas. [Referencia: párrafos FC5.242 y FC5.266, Fundamentos de las Conclusiones] Una entidad puede aplicar enfoques diferentes para instrumentos financieros distintos. Un enfoque que no incluye una probabilidad explícita de incumplimiento como un dato de entrada per se, tal como un enfoque de tasa de pérdida crediticia, puede ser congruente con los requerimientos de esta Norma, siempre y cuando una entidad pueda separar los cambios en el riesgo de que ocurra un incumplimiento de los cambios en otros inductores de pérdidas crediticias esperadas, tales como garantías colaterales, y considera lo siguiente al llevar a cabo la evaluación:

(a) el cambio en el riesgo de que ocurra un incumplimiento desde el reconocimiento inicial;

(b) la vida esperada del instrumento financiero; y

(c) la información razonable y sustentable que está disponible sin esfuerzo o costo desproporcionado que puede afectar al riesgo crediticio.

[Referencia: Para un análisis sobre los enfoques para determinar incrementos significativos en el riesgo crediticio considerados y rechazados dirigirse a: párrafos FC5.159 a FC5.168, Fundamentos de las Conclusiones]

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.