NIIF 9 Instrumentos Financieros · Flujos de efectivo contractuales que son únicamente pagos del principal e intereses sobre el importe del principal pendiente
Párrafo B4.1.8A
Al evaluar si los flujos de efectivo contractuales de un activo financiero son congruentes con un acuerdo básico de préstamo, es posible que una entidad tenga que considerar por separado los distintos elementos de los intereses. La evaluación de los intereses se centra en qué se está compensando a una entidad, en lugar de en cuánta compensación recibe una entidad. No obstante, el importe de la compensación que recibe una entidad puede indicar que la entidad está siendo compensada por algo distinto a los riesgos y costos básicos del préstamo. Los flujos de efectivo contractuales son incongruentes con un acuerdo de préstamo básico si están indexados a una variable que no es un riesgo o costo de préstamo básico (por ejemplo, el valor de los instrumentos de patrimonio o el precio de una materia prima) o si representan una parte de los ingresos de actividades ordinarias o ganancias del deudor, incluso si tales términos contractuales son comunes en el mercado en el que opera la entidad.
[Referencia: párrafos FC4.259 a FC4.262, Fundamentos de las Conclusiones]
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.