NIIF 9 Instrumentos Financieros · Transferencias que cumplen los requisitos para la baja en cuentas
Párrafo B3.2.11
Al medir los valores razonables de la parte que continúa reconociéndose y de la que se da de baja en cuentas, al efecto de aplicar el párrafo 3.2.13, una entidad aplicará los requerimientos de medición del valor razonable de la NIIF 13 Medición del Valor Razonable, además de los del párrafo 3.2.14.
[Referencia: párrafos 3.2.2(a) y 3.2.6]
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.