NIIF 9 Instrumentos Financieros · Transición para la NIIF 17, modificada en junio de 2020

Párrafo 7.2.42

En el periodo sobre el que se informa que incluya la fecha de aplicación inicial de estas modificaciones, la entidad revelará la siguiente información a esa fecha de aplicación inicial para cada clase de activos financieros y pasivos financieros que se vieron afectados por estas modificaciones:

(a) la clasificación anterior, incluyendo la categoría de medición anterior, cuando proceda, y el importe en libros determinado inmediatamente antes de la aplicación de estas modificaciones;

(b) la categoría de medición nueva y el importe en libros determinado después de la aplicación de estas modificaciones;

(c) el importe en libros de los pasivos financieros en el estado de situación financiera que fueron anteriormente designados como medidos a valor razonable con cambios en resultados, pero que han dejado de designarse de esa forma; y

(d) las razones para cualquier designación o eliminación de la designación de pasivos financieros como medidos al valor razonable con cambios en resultados.

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.