NIIF 9 Instrumentos Financieros · Transición para la clasificación y medición (Capítulos 4 y 5)

Párrafo 7.2.14

En la fecha del reconocimiento inicial, una entidad determinará si el tratamiento del párrafo 5.7.7 pudiera crear o aumentar una asimetría contable en el resultado del periodo sobre la base de los hechos y circunstancias existentes en la fecha de la aplicación inicial. Esta Norma deberá aplicarse retroactivamente sobre la base de esa determinación.

[Referencia: párrafo FC7.29(b), Fundamentos de las Conclusiones]

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.