NIIF 9 Instrumentos Financieros · 7.1 Fecha de vigencia
Párrafo 7.1.7
Características de Cancelación Anticipada con Compensación Negativa (Modificaciones a la NIIF 9), emitida en octubre de 2017, añadió los párrafos 7.2.29 a 7.2.34 y B4.1.12A y modificó los párrafos B4.1.11(b) y B4.1.12(b). Una entidad aplicará estas modificaciones a periodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2019. Se permite su aplicación anticipada. Si una entidad aplica esas modificaciones en un periodo que comience con anterioridad, revelará este hecho.
[Referencia: párrafos FC4.243 a FC4.245, Fundamentos de las Conclusiones]
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.