NIIF 8 Segmentos de Operación · Umbrales cuantitativos
Párrafo 16
La información relativa a otras actividades de negocio y a los segmentos de operación [Referencia: párrafos 5 a 10] sobre los que no deba informarse se combinará y se revelará dentro de la categoría “resto de los segmentos” colocándola por separado de otras partidas de conciliación en las conciliaciones requeridas por el párrafo 28. Deberán describirse las fuentes de los ingresos de las actividades ordinarias incluidos en la categoría “resto de segmentos”.
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.