NIIF 7 Instrumentos Financieros: Información a Revelar · Información cuantitativa (párrafo 34)

Párrafo B8

El apartado (c) del párrafo 34 requiere que se informe acerca de las concentraciones de riesgo. Estas surgen de los instrumentos financieros que tienen características similares y están afectados de forma similar por cambios en condiciones económicas o de otra índole. La identificación de concentraciones de riesgo requiere la realización de juicios que tengan en cuenta las circunstancias de la entidad. La revelación de concentraciones de riesgo incluirá:

(a) una descripción de la manera en que la dirección determina esas concentraciones;

(b) una descripción de las características compartidas que identifican cada concentración (por ejemplo la contraparte, el área geográfica, la moneda o el mercado); y

(c) el importe de la exposición al riesgo asociada con todos los instrumentos financieros que comparten esa característica.

[Referencia: párrafos GI18 a GI18A, Guía de Implementación]

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.