NIIF 7 Instrumentos Financieros: Información a Revelar · Información a revelar sobre los importes sujetos a un acuerdo maestro de compensación exigible o acuerdo similar que no está incluido de otra forma en el párrafo 13C(b) [párrafo 13C(d)]

Párrafo B48

El párrafo 13C(d)(ii) hace referencia a los importes relacionados con garantías colaterales financieras, incluyendo las garantías de efectivo colaterales, tanto recibidas como pignoradas. Una entidad revelará el valor razonable de los instrumentos financieros que han sido pignorados o recibidos como garantía colateral. Los importes revelados de acuerdo con el párrafo 13C(d)(ii) deberían referirse a las garantías colaterales reales recibidas o pignoradas y no a cualquier cuenta por cobrar o cuenta por pagar reconocida resultante de recuperar o devolver esta garantía.

[Referencia: párrafo FC24R, Fundamentos de las Conclusiones]

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.