NIIF 7 Instrumentos Financieros: Información a Revelar · Ganancias o pérdidas en la baja de cuentas [párrafo 42G(a)]
Párrafo B38
El párrafo 42G(a) requiere que una entidad revele la ganancia o pérdida en la baja en cuentas relacionada con los activos financieros en los que la entidad tiene implicación continuada. La entidad revelará si una ganancia o pérdida en la baja en cuentas surgió porque los valores razonables [Referencia: NIIF 13] de los componentes del activo reconocido con anterioridad (es decir la participación en el activo dado de baja en cuentas y la participación retenida por la entidad) eran diferentes del valor razonable del activo reconocido anteriormente como un todo. En esa situación, la entidad también revelará si las mediciones del valor razonable incluían datos de entrada significativos no observables, tal como se describe en los párrafos 72 y 73 de la NIIF 13.
[Referencia: párrafos FC65M, FC65NA y FC65NB, Fundamentos de las Conclusiones]
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