NIIF 7 Instrumentos Financieros: Información a Revelar · Otra información a revelar sobre el riesgo de mercado
Párrafo 42
Cuando los análisis de sensibilidad, revelados de acuerdo con los párrafos 40 o 41 no fuesen representativos del riesgo inherente a un instrumento financiero por ejemplo, porque la exposición al final de año no refleja la exposición mantenida durante el mismo), la entidad revelará este hecho, así como la razón por la que cree que los análisis de sensibilidad carecen de representatividad.
[Referencia:
párrafo FC60, Fundamentos de las Conclusiones
párrafos GI37 a GI40, Guía de Implementación]
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.