NIIF 7 Instrumentos Financieros: Información a Revelar · El importe, calendario e incertidumbre de flujos de efectivo futuros

Párrafo 23A

A menos que esté eximida por el párrafo 23C, una entidad revelará por categoría de riesgo información cuantitativa para permitir a los usuarios de sus estados financieros evaluar los términos y condiciones de los instrumentos de cobertura y la forma en que afectan al importe, calendario e incertidumbre de flujos de efectivo futuros de la entidad.

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.