NIIF 7 Instrumentos Financieros: Información a Revelar · Incumplimientos y otras infracciones

Párrafo 18

Para los préstamos por pagar [Referencia: Apéndice A] reconocidos al final del periodo sobre el que se informa, una entidad revelará:

(a) detalles de los incumplimientos durante el período que se refieran al principal, a los intereses, a los fondos de amortización para cancelación de deudas o a las condiciones de rescate relativas a esos préstamos por pagar;

(b) el importe en libros de los préstamos por pagar que estén impagados al final del periodo sobre el que se informa; y

(c) si el incumplimiento ha sido corregido o si se han renegociado las condiciones de los préstamos por pagar antes de la fecha de autorización para emisión de los estados financieros [Referencia: párrafos 4 a 6, NIC 10].

[Referencia:
párrafos FC32, Fundamentos de las Conclusiones
párrafo GI12, Guía de Implementación]

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.