NIIF 7 Instrumentos Financieros: Información a Revelar · Activos financieros o pasivos financieros al valor razonable con cambios en resultados

Párrafo 10A

Si una entidad ha designado un pasivo financiero como a valor razonable con cambios en resultados de acuerdo con el párrafo 4.2.2 de la NIIF 9 y se requiere que presente todos los cambios en el valor razonable de ese pasivo (incluyendo los efectos de cambios en el riesgo de crédito del pasivo) en el resultado del periodo (véase los párrafos 5.7.7 y 5.7.8 de la NIIF 9), revelará:

(a) el importe del cambio, durante el periodo y de forma acumulada, en el valor razonable del pasivo financiero que es atribuible a cambios en el riesgo crediticio de ese pasivo (véase los párrafos B5.7.13 a B5.7.20 de la NIIF 9 donde encontrar guías para determinar los efectos de cambios en el riesgo crediticio de pasivo); y

(b) La diferencia entre el importe en libros del pasivo financiero y el importe que la entidad estaría obligada contractualmente a pagar al tenedor de la obligación, en el momento del vencimiento.

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.