NIIF 5 Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta y Operaciones Discontinuadas · Fecha de vigencia
Párrafo 44D
La CINIIF 17 Distribuciones, a los Propietarios, de Activos Distintos al Efectivo, emitida en noviembre de 2008, añadió los párrafos 5A, 12A y 15A y modificó el párrafo 8. Esas modificaciones se aplicarán de forma prospectiva a los activos no corrientes (o grupo de activos para su disposición) que se clasifiquen como mantenidos para distribuir a los propietarios en periodos anuales que comiencen a partir del 1 de julio de 2009. No se permite la aplicación retroactiva. Se permite su aplicación anticipada. Si la entidad aplicase las modificaciones a periodos que comiencen antes del 1 de julio de 2009, revelará este hecho y también aplicará la NIIF 3 Combinaciones de Negocios (revisada en 2008), la NIC 27 (modificada en enero de 2008) y la CINIIF 17.
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.