NIIF 5 Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta y Operaciones Discontinuadas · Objetivo
Párrafo 1
El objetivo de esta NIIF es especificar el tratamiento contable de los [Referencia: párrafos 15 a 29 y 43] activos mantenidos para la venta, [Referencia: párrafos 6 a 14] así como la presentación e información a revelar [Referencia: párrafos 30 a 42] sobre las operaciones discontinuadas. En particular, la NIIF requiere que:
(a) los activos que cumplan los criterios para ser clasificados como mantenidos para la venta sean [Referencia: párrafos 6 a 14] valorados al menor valor entre su importe en libros y su valor razonable menos los costos de venta, así como que cese la depreciación de dichos activos; y
(b) los activos que cumplan los criterios para ser clasificados como mantenidos para la venta se presenten de forma separada en el estado de situación financiera y que los resultados de las operaciones discontinuadas se presenten por separado en el estado del resultado integral.
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.