NIIF 2 Pagos Basados en Acciones · Derogación de interpretaciones

Párrafo 64

El documento Transacciones con Pagos Basados en Acciones Liquidadas en Efectivo del Grupo, emitido en junio de 2009, sustituyó a la CINIIF 8 Alcance de la NIIF 2 y a la CINIIF 11 NIIF 2—Transacciones con Acciones Propias y del Grupo. Las modificaciones realizadas por ese documento incorporaron los requerimientos anteriores establecidos en las CINIIF 8 y CINIIF 11 de la forma siguiente:

(a) Se modificó el párrafo 2 y añadió el párrafo 13A con respecto a la contabilización de las transacciones en las que la entidad no puede identificar de forma específica algunos o todos los bienes o servicios recibidos. Esos requerimientos entraron en vigor para los periodos anuales con comienzo a partir del 1 de mayo de 2006.

(b) Se añadieron los párrafos B46, B48, B49, B51 a B53, B55, B59 y B61 en el Apéndice B con respecto a la contabilización de transacciones entre entidades del grupo. Esos requerimientos entraron en vigor para los periodos anuales con comienzo a partir del 1 de mayo de 2007.

Esos requerimientos se aplicaron retroactivamente de acuerdo con los requerimientos de la NIC 8, sujetos a las disposiciones transitorias de la NIIF 2.

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.