NIIF 19 Subsidiarias sin Obligación Pública de Rendir Cuentas: Información a Revelar · NIIF 3 Combinaciones de Negocios

Párrafo 37

La adquirente revelará una conciliación (no se requiere información comparativa) del importe en libros de la plusvalía al principio y al final del periodo sobre el que se informa mostrando por separado:

(a) la plusvalía adicional reconocida durante el periodo sobre el que se informa, con excepción de la plusvalía incluida en un grupo de activos para su disposición que, en el momento de la adquisición, cumpla los criterios para ser clasificado como mantenido para la venta, aplicando la NIIF 5 Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta y Operaciones Discontinuadas;

(b) la plusvalía incluida en un grupo de activos para su disposición clasificado como mantenido para la venta, de acuerdo con la NIIF 5, y la plusvalía dada de baja durante el periodo sobre el que se informa sin que hubiera sido incluida previamente en un grupo de activos para su disposición clasificado como mantenido para la venta;

(c) las pérdidas por deterioro del valor reconocidas durante el periodo sobre el que se informa de acuerdo con la NIC 36 Deterioro del Valor de los Activos; y

(d) cualquier otro cambio en los importes en libros durante el periodo sobre el que se informa.

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.