NIIF 19 Subsidiarias sin Obligación Pública de Rendir Cuentas: Información a Revelar · Conciliaciones

Párrafo 24

Para cumplir con el párrafo 21, los primeros estados financieros conforme a las NIIF de una entidad incluirán:

(a) conciliaciones de su patrimonio informado según los PCGA anteriores con su patrimonio de acuerdo con las Normas NIIF de Contabilidad para ambos:

(i) la fecha de transición a las NIIF; y

(ii) el final del último periodo presentado en los estados financieros anuales más recientes de la entidad de acuerdo con sus PCGA anteriores.

(b) una conciliación con su resultado integral total de acuerdo con las Normas NIIF de Contabilidad para el último periodo de los estados financieros anuales más recientes de la entidad. El punto de partida para esa conciliación será el resultado integral total de acuerdo con los PCGA anteriores para el mismo periodo o, si una entidad no informó de ese total, el resultado conforme a los PCGA anteriores.

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.