NIIF 19 Subsidiarias sin Obligación Pública de Rendir Cuentas: Información a Revelar · Otra información a revelar

Párrafo 162

Una entidad revelará en las notas:

(a) el importe de dividendos propuestos o declarados antes de que se autoricen los estados financieros para su emisión, pero no reconocidos como una distribución a los propietarios durante el periodo sobre el que se informa, y el importe relacionado por acción; y

(b) el importe de cualquier dividendo preferente de carácter acumulativo que no haya sido reconocido.

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.