NIIF 18 Presentación e Información a Revelar en los Estados Financieros · Transición

Párrafo C7

En la fecha de aplicación inicial de esta Norma, se permite que una entidad que cumpla los requisitos para aplicar el párrafo 18 de la NIC 28 cambie su elección para valorar una inversión en una asociada o en un negocio conjunto, del método de la participación al valor razonable con cambios en resultados, de acuerdo con la NIIF 9. Si una entidad realiza dicho cambio, la entidad lo aplicará retroactivamente aplicando la NIC 8. La entidad que aplique el párrafo 11 de la NIC 27 realizará el mismo cambio en sus estados financieros separados.

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.