NIIF 18 Presentación e Información a Revelar en los Estados Financieros · Activos corrientes
Párrafo B94
El párrafo 100 requiere que una entidad clasifique como no corrientes todos los activos no clasificados como corrientes. En esta Norma, el término “no corriente” incluye activos tangibles, intangibles y financieros que por su naturaleza son a largo plazo. No está prohibido el uso de descripciones alternativas siempre que su significado sea claro.
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.