NIIF 18 Presentación e Información a Revelar en los Estados Financieros · Otro resultado integral

Párrafo B87

El Apéndice A define "otro resultado integral". Los componentes de otro resultado integral incluyen:

(a) cambios en los resultados de revaluación (véase la NIC 16 y la NIC 38);

(b) nuevas mediciones de planes de beneficios definidos (véase la NIC 19);

(c) las pérdidas y ganancias derivadas de la conversión de los estados financieros de un negocio en el extranjero (véase la NIC 21);

(d) ganancias y pérdidas procedentes de inversiones en instrumentos de patrimonio designados a valor razonable con cambios en otro resultado integral de acuerdo con el párrafo 5.7.5 de la NIIF 9;

(e) ganancias y pérdidas de activos financieros medidos al valor razonable con cambios en otro resultado integral de acuerdo con el párrafo 4.1.2A de la NIIF 9;

(f) la parte efectiva de las ganancias y pérdidas de los instrumentos de cobertura en una cobertura de flujos de efectivo y las ganancias y pérdidas de los instrumentos de cobertura que cubren inversiones en instrumentos de patrimonio designados a valor razonable con cambios en otro resultado integral de acuerdo con el párrafo 5.7.5 de NIIF 9 (véase el Capítulo 6 de la NIIF 9);

(g) para pasivos particulares designados como a valor razonable con cambios en resultados, el importe del cambio en el valor razonable que sea atribuible a cambios en el riesgo de crédito del pasivo (véase el párrafo 5.7.7 de la NIIF 9);

(h) los cambios en el valor temporal de las opciones, cuando se separa el valor intrínseco y el valor temporal de un contrato de opción y se designa como instrumento de cobertura solo los cambios en el valor intrínseco (véase el Capítulo 6 de la NIIF 9); [Referencia: párrafos 6.2.4(a), NIIF 9]

(i) los cambios en el valor de los elementos a futuro en los contratos a término, cuando se separa el elemento a futuro y el elemento al contado dentro de ese contrato a término y se designa como instrumento de cobertura solo a los cambios del elemento al contado, así como los cambios en el valor del diferencial de la tasa de cambio de la moneda extranjera de un instrumento financiero, cuando se excluye ese componente en la designación de ese instrumento financiero como el instrumento de cobertura (véase el Capítulo 6 de la NIIF 9);[Referencia: párrafo 6.2.4(b), NIIF 9]

(j) gastos e ingresos financieros por contratos de seguro emitidos dentro del alcance de la NIIF 17, que hayan sido excluidos del resultado del periodo cuando los gastos o ingresos financieros por seguros se desglosan para incluir en el resultado del periodo un importe determinado por una asignación sistemática aplicando el párrafo 88(b) de la NIIF 17, o por un importe que elimina las asimetrías contables con los gastos o ingresos financieros por seguros, aplicando el párrafo 89(b) de la NIIF 17; y

(k) los gastos o ingresos financieros de contratos de reaseguro mantenidos, que se excluyen del resultado del periodo cuando el total de gastos o ingresos financieros por reaseguros se desglosa para incluir en el resultado de periodo un importe calculado mediante una distribución sistemática, aplicando el párrafo 88(b) de la NIIF 17.

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.