NIIF 18 Presentación e Información a Revelar en los Estados Financieros · Proceso de agregación y desagregación
Párrafo B23
Por ejemplo, una entidad puede presentar en el estado de situación financiera activos financieros que comprendan inversiones en patrimonio e inversiones en deuda por separado de los activos no financieros. Los activos financieros tienen características diferentes porque tienen distintas bases de medición: algunos se miden al valor razonable con cargo a resultados y otros al costo amortizado. La entidad podría determinar, por tanto, que para ofrecer un resumen estructurado útil es necesario presentar partidas que desagreguen los activos financieros en función de esas bases de medición. Esa desagregación da como resultado una partida que comprende las inversiones en patrimonio y las inversiones en deuda medidas al valor razonable con cambios en resultados y una partida que comprende las inversiones en deuda medidas al costo amortizado. Dado que las inversiones en patrimonio son distintas de las inversiones en deuda, en el sentido de que cada una expone a la entidad a riesgos diferentes, la entidad evaluaría si es necesaria una mayor desagregación en el estado de situación financiera de los activos financieros medidos al valor razonable con cambios en resultados, distinguiendo entre inversiones en patrimonio e inversiones en deuda, para proporcionar un resumen estructurado útil. De no ser así, y si la información resultante fuera material o con importancia relativa, la entidad necesitaría revelar en las notas las inversiones en patrimonio por separado de las inversiones en deuda. Además, si, por ejemplo, las inversiones en patrimonio tuvieran otras características diferentes, la entidad tendría que desagregar más esas inversiones en patrimonio en las notas si la información resultante fuera material o con importancia relativa.
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.