NIIF 18 Presentación e Información a Revelar en los Estados Financieros · Conciliación con el total o subtotal más directamente comparable
Párrafo B136
El párrafo 123(c) requiere que una entidad concilie cada medida del rendimiento definida por la gerencia con el subtotal más directamente comparable enumerado en el párrafo 118 o con el total o subtotal específicamente requerido para ser presentado o revelado por las Normas NIIF de Contabilidad. Por ejemplo, una entidad que revele en las notas una medida del rendimiento del resultado de operación ajustado definida por la gerencia conciliará esa medida con el resultado de operación. Al agregar o desagregar las partidas de conciliación reveladas, una entidad aplicará los requerimientos de los párrafos 41 a 43.
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.