NIIF 18 Presentación e Información a Revelar en los Estados Financieros · Partidas a presentar en el estado de situación financiera o a revelar en las notas

Párrafo B110

Los párrafos 20 y 41(d) requieren que una entidad desagregue partidas para revelar información material o con importancia relativa en las notas. Una entidad utiliza su juicio para hacerlo basándose en una evaluación de si las partidas tienen características que se comparten (características similares) o características que no se comparten (características diferentes). Dichas características incluyen:

(a) naturaleza;

(b) función (papel) dentro de las actividades de negocio de la entidad;

(c) la duración y el calendario de recuperación o liquidación (incluyendo si un activo o pasivo se clasifica como corriente o no corriente o si su recuperación o liquidación forma parte del ciclo de operaciones de la entidad);

(d) liquidez;

(e) base de medición;

(f) incertidumbre en la medición o en el resultado (u otros riesgos asociados a una partida);

(g) tamaño;

(h) ubicación geográfica o entorno regulatorio;

(i) tipo, por ejemplo, el tipo de bien, servicio o cliente;

(j) los efectos fiscales: por ejemplo, si los activos o pasivos tienen bases imponibles diferentes; y

(k) restricciones en el uso de un activo o en la transferibilidad de un pasivo.

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.