NIIF 18 Presentación e Información a Revelar en los Estados Financieros · Información a presentar en el estado de cambios en el patrimonio

Párrafo 107

Una entidad presentará un estado de cambios en el patrimonio tal como se requiere en el párrafo 10. El estado de cambios en el patrimonio incluirá:

(a) el resultado integral total del periodo sobre el que se informa, mostrando de forma separada los importes totales atribuibles a los propietarios de la controladora y los atribuibles a las participaciones no controladoras;

(b) para cada componente del patrimonio, los efectos de la aplicación retroactiva o la reexpresión retroactiva reconocidos según la NIC 8; y

(c) para cada componente del patrimonio, una conciliación entre los importes en libros, al inicio y al final del periodo, presentando por separado (como mínimo) los cambios resultantes de:

(i) resultados del periodo;

(ii) otro resultado integral; y

(iii) las transacciones con los propietarios en su calidad de tales, mostrando por separado las aportaciones de los propietarios y las distribuciones a los mismos, así como los cambios en las participaciones en la propiedad de las subsidiarias que no den lugar a una pérdida de control. [Referencia: párrafos B97 a B99, NIIF 10]

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