NIIF 17 Contratos de Seguro · Enfoque retroactivo modificado

Párrafo C7

Los párrafos C9 a C19A establecen modificaciones permitidas a la aplicación retroactiva en las siguientes áreas:

(a) evaluaciones de los contratos de seguro o grupos de contratos de seguro que se habrían realizado en la fecha de comienzo o reconocimiento inicial;

(b) importes relacionados con el margen de servicio contractual o componente de pérdida de los contratos de seguro sin componentes de participación directa;

(c) importes relacionados con el margen de servicio contractual o componente de pérdida de los contratos de seguro con componentes de participación directa; y

(d) gastos o ingresos financieros por seguros.

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.