NIIF 17 Contratos de Seguro · Transición
Párrafo C5A
A pesar del párrafo C5, una entidad podría elegir aplicar el enfoque del valor razonable de los párrafos C20 a C24B para un grupo de contratos de seguro con características de participación directa a los que podría aplicar la NIIF 17 de forma retroactiva si, y solo si:
(a) la entidad elige aplicar la opción de reducción del riesgo del párrafo B115 al grupo de contratos de seguro de forma prospectiva desde la fecha de transición; y
(b) la entidad ha usado derivados, instrumentos financieros no derivados medidos a valor razonable con cambios en resultados o contratos de reaseguro mantenidos para reducir el riesgo financiero que surge del grupo de contratos de seguro, tal como se especifica en el párrafo B115 antes de la fecha de transición.
[Referencia: párrafos FC393A a FC393E, Fundamentos de las Conclusiones]
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.