NIIF 17 Contratos de Seguro · Determinación del margen de servicio contractual o componente de pérdida de los grupos de contratos de seguro sin componentes de participación directa
Párrafo C14D
Si una entidad no tiene información razonable y sustentable para aplicar el párrafo C14B, la entidad determinará que los siguientes importes son cero en la fecha de transición:
(a) el ajuste al margen de servicio contractual de un grupo de contratos de seguro reconocido en la fecha de transición y cualquier activo por flujos de efectivo por la adquisición de seguros relacionado con ese grupo; y
(b) el activo por flujos de efectivo por la adquisición de seguros para grupos de contratos de seguro que se espera reconocer después de la fecha de transición.
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.