NIIF 17 Contratos de Seguro · Tasas de descuento (párrafo 36)

Párrafo B82

Al estimar la curva de rendimiento descrita en el párrafo B81:

(a) Si existen precios de mercado observables en mercados activos para activos que están en la cartera de referencia, una entidad usará esos precios (de forma congruente con el párrafo 69 de la NIIF 13).

(b) Si un mercado no es activo, una entidad ajustará los precios de mercado observables para activos similares para hacerlos comparables con precios de mercado para los activos que se están midiendo (de forma congruente con el párrafo 83 de la NIIF 13).

(c) Si no existe mercado para activos que están en la cartera de referencia, una entidad aplicará una técnica de estimación. Para estos activos (de forma congruente con el párrafo 89 de la NIIF 13) una entidad:

(i) desarrollará datos de entrada no observables usando la mejor información disponible en las circunstancias. Estos datos de entrada podrán incluir datos propios de la entidad y, en el contexto de la NIIF 17, la entidad podrá dar más peso a las estimaciones a largo plazo que a las fluctuaciones a corto plazo; y

(ii) ajustará esos datos de entrada para reflejar toda la información sobre los supuestos de los participantes del mercado que esté razonablemente disponible.

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.