NIIF 17 Contratos de Seguro · Pagos en especie

Párrafo B6

Algunos contratos de seguro requieren o permiten que los pagos se realicen en especie. En estos casos, la entidad proporciona bienes o servicios al tenedor de la póliza de seguro para liquidar la obligación de la entidad de compensarle por los sucesos asegurados. Un ejemplo es cuando la entidad sustituye un artículo robado en lugar de reembolsar al tenedor de la póliza de seguro por el importe de su pérdida. Otro ejemplo se da cuando la entidad utiliza sus propios hospitales y personal médico para suministrar servicios médicos cubiertos por el contrato de seguro. Estos contratos son contratos de seguro, aun cuando las reclamaciones se liquiden en especie. Contratos de servicio de cuota fija que cumplen las condiciones especificadas en el párrafo 8 son también contratos de seguro, pero que aplicando el párrafo 8, una entidad puede optar por contabilizarlos aplicando la NIIF 17 o la NIIF 15 Ingresos de Actividades Ordinarias Procedentes de Contratos con Clientes.

[Referencia: párrafos FC95 a FC97, Fundamentos de las Conclusiones]

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.