NIIF 17 Contratos de Seguro · Gastos o ingresos financieros por seguros (párrafos 87 a 92)
Párrafo B128
El párrafo 87 requiere que una entidad incluya en los gastos o ingresos financieros por seguros el efecto del valor temporal del dinero y del riesgo financiero y los cambios en estos. A efectos de la NIIF 17:
(a) los supuestos sobre inflación basados en un índice de precios o tasas, o en precios de activos con rentabilidades vinculadas a la inflación son supuestos que se relacionan con el riesgo financiero;
[Referencia: párrafos FC39 y FC40, Fundamentos de las Conclusiones]
(b) los supuestos sobre inflación basados en expectativas de una entidad sobre cambios de precios específicos no son supuestos relacionados con el riesgo financiero; y
[Referencia: párrafos FC39 y FC40, Fundamentos de las Conclusiones]
(c) los cambios en la medición de un grupo de contratos de seguro, causados por cambios en el valor de los elementos subyacentes (excluyendo las incorporaciones y retiros), son cambios que surgen del efecto del valor temporal del dinero y del riesgo financiero y cambios en éstos.
[Referencia: párrafo FC342A, Fundamentos de las Conclusiones]
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.