NIIF 17 Contratos de Seguro · Reducción del riesgo

Párrafo B117A

Si la entidad reduce el efecto del riesgo financiero usando derivados o instrumentos financieros no derivados medidos a valor razonable con cambios en resultados, incluirá los ingresos o gastos financieros por seguro para el periodo que surge de la aplicación del párrafo B115 en el resultado del periodo. Si la entidad reduce el efecto del riesgo financiero usando contratos de reaseguro mantenidos, aplicará la misma política contable para la presentación de los ingresos o gastos financieros por seguro que surgen de la aplicación del párrafo B115 a medida que la entidad aplica los contratos de reaseguro mantenidos aplicando los párrafos 88 y 90.

[Referencia: párrafos FC256G a FC256H, Fundamentos de las Conclusiones]

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.