NIIF 17 Contratos de Seguro · Cambios en el importe en libros del margen de servicio contractual para contratos de seguro con características de participación directa (párrafo 45)
Párrafo B107
El párrafo B101(b) requiere que la entidad espere una participación sustancial en las rentabilidades a valor razonable sobre los elementos subyacentes que se pagarán al tenedor de la póliza de seguro y el párrafo B101(c) requiere que la entidad espere una parte sustancial de cualquier cambio en los importes a pagar al tenedor de la póliza de seguro a variar con el cambio en el valor razonable de los elementos subyacentes. Una entidad:
(a) interpretará el término “sustancial” en ambos párrafos en el contexto del objetivo de los contratos de seguro con componentes de participación directa, siendo contratos según los cuales la entidad proporciona servicios de inversión relacionados y es compensada por los servicios con una comisión que se determina por referencia a los elementos subyacentes; y
(b) evaluará la variabilidad en los importes de los párrafos B101(b) y B101(c):
(i) a lo largo de la duración del contrato de seguro; [Referencia: párrafo FC249D, Fundamentos de las Conclusiones] y
(ii) sobre la base del promedio del valor presente ponderado por la probabilidad, no sobre la base del mejor o peor resultado (véanse los párrafos B37 y B38).
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