NIIF 17 Contratos de Seguro · Enfoque de asignación de la prima para contratos de reaseguro mantenidos
Párrafo 70
Una entidad no puede cumplir la condición del párrafo 69(a) si al comienzo del grupo una entidad espera una variabilidad significativa en los flujos de efectivo procedentes del cumplimiento que afectaría la medición del activo por la cobertura restante durante el periodo anterior a que ocurra una reclamación. La variabilidad en los flujos de efectivo procedentes del cumplimiento se incrementa con, por ejemplo:
(a) la medida de los flujos de efectivo futuros relacionados con los derivados implícitos en los contratos; y
(b) la amplitud del periodo de cobertura del grupo de contratos de reaseguro mantenidos.
Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.