NIIF 17 Contratos de Seguro · Contratos de carácter oneroso

Párrafo 47

Un contrato de seguro es oneroso, en la fecha del reconocimiento inicial, si los flujos de efectivo procedentes del cumplimiento asignados al contrato, cualesquiera que sean los flujos de efectivo por la adquisición de seguros reconocidos anteriormente y cualesquiera flujos de efectivo que surjan del contrato en la fecha del reconocimiento inicial, representan en total una salida neta. Aplicando el párrafo 16(a), una entidad agrupará estos contratos por separado de los contratos que no son onerosos. En la medida en que se aplique el párrafo 17, una entidad puede identificar el grupo de contratos onerosos midiendo un conjunto de contratos en lugar de un contrato individual. [Referencia: párrafo FC129, Fundamentos de las Conclusiones] Una entidad reconocerá una pérdida en el resultado del periodo por el importe de la salida neta para el grupo de contratos onerosos, lo que producirá que el importe en libros del pasivo para el grupo sea igual a los flujos de efectivo procedentes del cumplimiento, siendo cero el margen de servicio contractual del grupo.

[Referencia: Ejemplo 1, Ejemplos Ilustrativos]

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.