NIIF 17 Contratos de Seguro · Medición posterior

Párrafo 42

Una entidad reconocerá ingresos y gastos por los siguientes cambios en el importe en libros del pasivo por las reclamaciones incurridas:

(a) gastos del servicio de seguro—por el incremento en el pasivo debido a reclamaciones y gastos incurridos en el periodo, excluyendo los componentes de inversión; [Referencia: párrafos FC33 a FC34A, Fundamentos de las Conclusiones]

(b) gastos del servicio de seguro—por los cambios posteriores en los flujos de efectivo procedentes del cumplimiento relativo a las reclamaciones incurridas y gastos incurridos; y

(c) gastos e ingresos financieros por seguros—por el efecto del valor temporal del dinero y el efecto del riesgo financiero, como especifica el párrafo 87. [Referencia: párrafos FC38 a FC41, Fundamentos de las Conclusiones]

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.