NIIF 17 Contratos de Seguro · Seguros y riesgos de mercado, análisis de sensibilidad

Párrafo 128

Una entidad revelará información sobre la sensibilidad a cambios en las variables de riesgo que surgen de contratos dentro del alcance de la NIIF 17. Para cumplir con este requerimiento, una entidad revelará:

(a) Un análisis de sensibilidad que muestre cómo podría haberse visto afectado el resultado del periodo y el patrimonio por cambios en las variables de riesgo, que fueran razonablemente posibles al final del periodo sobre el que se informa:

(i) para el riesgo de seguro—mostrando el efecto para los contratos de seguro emitidos, antes y después de la reducción del riesgo por contratos de reaseguro mantenidos; y

(ii) para cada tipo de riesgo de mercado—de forma que explique la relación entre la sensibilidad al cambio en las variables de riesgo que surgen de contratos de seguro y las que surgen de activos financieros mantenidos por la entidad.

(b) los métodos e hipótesis utilizados al elaborar el análisis de sensibilidad; y

(c) los cambios habidos desde el período anterior en los métodos y suposiciones utilizados para preparar los análisis de sensibilidad, y las razones de estos cambios.

Texto de consulta de las Normas NIIF de Contabilidad (© IFRS Foundation), en la versión aprobada para su uso en el Perú por la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N.º 006-2025-EF/30. Ante un caso concreto, verifica el texto oficial publicado por el MEF.